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ESTATUTO DEL ESTUDIANTE UNIVERSITARIO

Recoge los derechos y deberes fundamentales que garantizan al estudiante una participaci贸n activa en el desarrollo del proceso formativo. Recoge, entre otros, los acuerdos sobre movilidad de los estudiantes, becas y ayudas, la propiedad intelectual sobre los trabajos realizados, la libertad de reuni贸n y expresi贸n, la calidad de la ense帽anza, la participaci贸n activa en los diferentes 贸rganos y la creaci贸n del Consejo de Estudiantes, el cual actuar谩 como 贸rgano interlocutor ante al Ministerio de Educaci贸n en defensa de los derechos de los estudiantes.

Garantiza la participaci贸n activa de todos en la gesti贸n p煤blica de la Universidad, as铆 como la aceptaci贸n de su opini贸n en las tomas de decisiones que afecten directamente a su formaci贸n.

Los estudiantes tienen derecho a:

  • Una formaci贸n acad茅mica de calidad.
  • La conciliaci贸n de los estudios con la vida laboral y familiar.
  • Recibir orientaci贸n o tutor铆a personalizada.
  • Ser informados sobre la evaluaci贸n y el procedimiento de revisi贸n de calificaciones.
  • La libertad de expresi贸n, de reuni贸n y asociaci贸n.
  • El reconocimiento y protecci贸n de la Propiedad Intelectual.
  • Acudir al Defensor Universitario en caso de vulneraci贸n de los derechos y libertades.
  • Acceder a la formaci贸n para desarrollar actividades de participaci贸n social y de cooperaci贸n.
  • Al acceso a los recursos y adaptaciones necesarias para estudiantes con discapacidad.

Los estudiantes tienen los deberes de:

  • Informar a sus representados de las actividades y resoluciones de los 贸rganos, as铆 como de sus propias actuaciones.
  • Participar de forma activa y responsable en los 贸rganos para los que hayan sido elegidos.

Real Decreto 1791/2010, de 30 de diciembre, por el que se aprueba el Estatuto del Estudiante Universitario.

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