
Grado en Diseño Gráfico y Creatividad Digital
COORDINACIÓN DOCENTE HORIZONTAL Y VERTICAL:
La coordinación docente del Grado en Diseño y Creatividad en el Centro Adscrito es competencia y responsabilidad de la Comisión de Estudios de Grado del Centro y del Director Académico del Grado en Diseño y Creatividad, según la instrucción general de 23 de abril de 2014 del Vicerrectorado de Planificación Docente y Profesorado de la UPO sobre medidas para el fortalecimiento de la coordinación en los estudios de Grado. Esta instrucción regula los procesos de planificación académica, coordinación docente y seguimiento, mejora y modificación en los estudios de grado de la UPO.
Según esta instrucción, tanto el Director Académico del Grado como la Comisión de Estudios de Grado del Centro velarán porque la oferta docente, los horarios y las actividades a realizar permitan a los estudiantes conseguir los objetivos de la titulación. Esta labor ha de realizarse con la colaboración de los Coordinadores de Semestre y los Responsables de las asignaturas, y teniendo como punto de partida las memorias del Título y, especialmente, las guías docentes en las que se recoge una declaración explícita de los objetivos, métodos docentes y sistemas de evaluación de todas las asignaturas. Además de estas figuras de coordinación del Grado, la instrucción contempla la figura del coordinador o coordinadora de semestre en cada curso de la titulación que asume la coordinación horizontal entre las asignaturas que se planifican en el mismo semestre así como la figura del profesor responsable de la asignatura.
A la coordinación de las enseñanzas del Grado se añade la coordinación vertical a través de la Junta de Unidad Docente, y la horizontal a través de las áreas departamentales, en la forma prevista en los Estatutos del Centro Adscrito y en el convenio de adscripción.
Coordinación vertical y horizontal en la titulación:
El Reglamento de Régimen Interno del Centro Universitario San Isidoro (https://centrosanisidoro.es/wp-content/images/calidad/csi-reglamento-regimen-interno.pdf), regula la coordinación vertical y horizontal de las enseñanzas a través de los siguientes órganos unipersonales y colegiados:
– Consejo de Gobierno del Centro, al que corresponde planificar la actividad académica del Centro y supervisar su desarrollo y el funcionamiento de la actividad de los distintos órganos y estructuras del Centro, y cumplimiento de las normas académicas (Artículo 12. b). En su composición participan dos Vicerrectores o Vicerrectoras de la Universidad Pablo de Olavide, de Sevilla, o personas que les sustituyan, garantizándose la coordinación con la Universidad de adscripción.
– El/la Director/a del Centro, al que le corresponde impulsar y coordinar y supervisar la actuación de los o las Directores o Directoras de Unidades Docentes y de los o las Directores o Directoras Académicas de Grado y Postgrado y de los o las Subdirectores o Subdirectoras y otros órganos unipersonales y velar porque desarrollen su actividad en el ámbito de sus competencias (artículo 15 b).
– Junta de Unidad Docente: Es la unidad de docencia e investigación encargada de organizar y coordinar las enseñanzas de las titulaciones adscritas a las mismas, de acuerdo con la programación docente del Centro y de apoyar las actividades e iniciativas docentes e investigadoras del profesorado (artículo 22). Entre otras funciones le corresponde “f) Establecer los criterios básicos y las medidas necesarias para la organización y coordinación de las actividades docentes y administrativas de la Unidad Docente, acción tutorial y evaluación del alumnado”. “ i) Aprobar anualmente y con anterioridad al período de matriculación las Guías docentes de las distintas asignaturas de los títulos vinculados a la Unidad Docente” (artículo 23).
– El/la Director/a de Unidad Docente: Entre sus funciones está “f) La coordinación de actividad docente e investigadora de su Unidad y concretamente, la actividad de los Coordinadores o Coordinadoras de los títulos adscritos a la Unidad y los Coordinadores de semestre de la Unidad, bajo la supervisión y dirección del o de la Director o Directora del Centro” (Artículo 28).
Dentro del marco de adscripción del Centro Universitario San Isidoro a la Universidad Pablo de Olavide, de Sevilla, además, es de aplicación la Instrucción General de 23 de abril de 2014 para la adopción de medidas para el fortalecimiento de la Coordinación (de los procesos de planificación académica, coordinación docente, y seguimiento, mejora y modificación) en los estudios de Grado. (https://www.upo.es/upo_opencms/export/sites/upo/Galerias/Descargas/norm_UPO/Instruc _General_23_abril_2014_Plan_mejora_coordinacion_grado.pdf ) Estas medidas se articulan en torno a la Comisión de Estudios de Grado, así como las figuras de Director/a Académico/a de Grado, el/la Coordinador/a de Semestre o Curso y el Profesorado Responsable de Asignatura. La Comisión de Estudios de Grado del Centro Universitario San Isidoro es un órgano consultivo que tiene entre otras las funciones de informar y asesorar sobre nuevas guías docentes y sus revisiones, los informes de seguimiento de calidad, los resultados de rendimiento de asignaturas y el desarrollo de la acción tutorial. En ella participan miembros de la Universidad y del Centro adscrito (artículo 1 de la Instrucción). Según esta instrucción, tanto la Dirección Académica de Grado como la Comisión de Estudios de Grado del Centro velarán porque la oferta docente, los horarios y las actividades a realizar permitan a los estudiantes conseguir los objetivos de la titulación. Esta labor ha de realizarse con la colaboración de los Coordinadores de Semestre y los Responsables de las asignaturas, y teniendo como punto de partida las memorias del Título y, especialmente, las guías docentes en las que se recoge una declaración explícita de los objetivos, métodos docentes y sistemas de evaluación de todas las asignaturas. El Grado cuenta con una Dirección Académica del Grado, que tiene entre sus funciones la de analizar si la secuencia temporal de las distintas asignaturas es adecuada y ordena de manera coherente los aprendizajes de los estudiantes e impulsar cuantas acciones considere necesarias para la mejor coordinación (vertical y horizontalmente) en la implementación de todas las actividades formativas de la titulación. Programa y mantiene reuniones de coordinación (programación, seguimiento y evaluación) con los responsables de asignaturas y los coordinadores semestrales, el claustro del profesorado del Grado y los representantes/delegados de estudiantes de los distintos grupos, además de otras funciones. (Artículo 2.1 de la Instrucción). La Dirección Académica del Grado reporta a la Junta de Unidad Docente acerca de la marcha del Grado. En cada curso de la Titulación, se nombrará por cada semestre un profesor coordinador o profesora coordinadora. Los coordinadores semestrales asumirán la coordinación (horizontal), entre asignaturas que se planifican en el mismo semestre y contribuirán a la detección de problemas o disfunciones que superan el ámbito de acción del profesor que imparte docencia en una asignatura (sus funciones se detallan en el artículo 2.2 de la Instrucción). Cada asignatura tendrá un profesor o profesora responsable, que tiene entre otras funciones. Elaborar la Guía Docente de la asignatura (en caso de nueva impartición) y propuestas para su revisión en coordinación con el resto del equipo docente y coordinar cualquier actividad complementaria que se plantee realizar en cada asignatura (artículo 2.3.1 de la Instrucción). Además el Grado ha de contar con la Comisión de Aseguramiento interno de calidad del Grado, en la que participa el Responsable de calidad del Grado, la Dirección Académica del Grado, dos representantes del PDI del Grado, uno del PTGAS, y un representante del alumnado. En ella se realizará el seguimiento del Grado y se adoptarán acciones de mejora. De estos informes y mejoras se da cuenta a la Comisión de aseguramiento interno de la calidad del Centro, a la Junta de Unidad Docente y al Consejo de Gobierno.
Plan estructurado para la organización, supervisión y coordinación de las prácticas académicas externas:
El procedimiento de asignación de destinos de prácticas externas se rige por el artículo 9 del Reglamento de las Prácticas académicas externas del alumnado de Grado (https://centrosanisidoro.es/wp-content/images/estatuto/csi-reglamento-practicasexternas.pdf). Este artículo regula la oferta, difusión y adjudicación de las prácticas externas. El Reglamento de Prácticas está publicado en la web del Centro para conocimiento general y de todos los miembros de la comunidad académica y empresas colaboradoras. Como señala el mencionado artículo 9, los criterios de adjudicación de las prácticas externas se rigen por los principios de transparencia, publicidad, accesibilidad universal e igualdad de oportunidades. Partiendo de lo dispuesto en el Reglamento anteriormente citado, se concreta el procedimiento de asignación de destinos de prácticas externas aplicable al Grado en Diseño Gráfico y Creatividad Digital. El procedimiento de adjudicación es el siguiente:
1. Antes de comenzar el periodo de prácticas se identifican y enumeran los estudiantes matriculados de prácticas en el curso académico (asignatura de 12 ECTS y en el octavo semestre de cuarto curso) y atendiendo a los convenios de prácticas vigentes y a los contactos mantenidos con las empresas colaboradoras, por el Comité de Prácticas del grado se programan las prácticas para el curso correspondiente.
2. Atendiendo al número de alumnos matriculados, se identifica el número de empresas que van a ser afectadas para las prácticas en cada curso académico entre la base de convenios existentes. Como se contempla un exceso de plazas de prácticas sobre las prácticas necesarias en cada curso habrá empresas conveniadas que no recibirán alumnos y que se mantienen en reserva por si fuera preciso activarlas.
3. Una vez identificadas las empresas de prácticas, se realiza la oferta a todos los estudiantes matriculados en la asignatura de prácticas. Esta oferta se publica en la plataforma virtual del centro, a través de un formulario de solicitud de prácticas. En este formulario figuran las plazas ofertadas y el alumno elige 3 opciones. A este formulario tienen acceso únicamente los alumnos matriculados en la asignatura de prácticas. La adjudicación de las prácticas se realiza atendiendo a la nota media del expediente académico del alumno y a las preferencias del alumnado.
4. Todas las respuestas recibidas se ordenan por nota de expediente académico y se van asignando las plazas por ese orden de nota.
5. Se asigna al alumno su primera opción a no ser que a un compañero con mayor nota media de expediente académico la haya ocupado, si no tiene plaza en primera opción, se le adjudicará la segunda opción y si vuelve a pasar lo mismo se le asignará la tercera opción. Puede ocurrir que las 3 opciones de un alumno se hayan asignado, entonces se le ofrecerán las plazas que queden libres antes de concluir la asignación. Siempre se ofertan más plazas de prácticas que alumnos matriculados en la asignatura.
6. La gestión de la oferta se realiza por PTGAS del Departamento de Orientación e Integración Profesional asignado al Grado. La adjudicación de las mismas se realiza por el Comité de Prácticas del Grado, integrado por un miembro por el Departamento de Orientación profesional, el/la director/a del Centro o persona en quien delegue y el director/a académico del Grado, junto a este comité participan los profesores responsables de la asignatura de prácticas.
7. La adjudicación provisional se comunica a los estudiantes matriculados en la asignatura a través de la plataforma virtual acompañándose el listado completo de las adjudicaciones. Luego se concede un plazo de alegaciones transcurrido el cual se publica la adjudicación definitiva.
8. Para comenzar las prácticas es preciso que el alumno y la empresa colaboradora cumplimenten el Proyecto Formativo. que va acompañado del seguro de accidentes y responsabilidad civil. Una vez cumplimentado este anexo se comunica a la Gerencia para que dé de alta en Seguridad Social, en cumplimiento con la legislación vigente (Real Decreto-Ley 2/2023 de 16 de marzo). Y se comunica a la clínica el alumno asignado a la misma.
Mecanismos de coordinación:
Respecto a los mecanismos de coordinación previstos para la gestión de las prácticas en las entidades colaboradoras, las líneas generales de estos mecanismos figuran en Reglamento de Prácticas Académicas Externas del Centro Universitario San Isidoro (https://centrosanisidoro.es/wp-content/images/estatuto/csi-reglamento-practicasexternas.pdf), que se concretan de la siguiente manera:
Una vez que se adjudica un alumno en prácticas, el PTGAS, vinculado al Departamento de Orientación e Integración Profesional y afectado al Grado, informa a la entidad colaboradora el alumno asignado y la fecha de comienzo y el número de horas de prácticas, al objeto de que la entidad colaboradora preste su conformidad, en base al convenio suscrito con anterioridad. La incorporación del alumno o alumna a la entidad colaboradora requiere la suscripción del Proyecto formativo de esa práctica, que se facilita a la entidad colaboradora y que recoge el plan de colaboración docente con tal entidad colaboradora. En este Proyecto se identifica al alumno, al tutor académico y al tutor de la entidad colaboradora. En este mismo documento se describen los objetivos de las prácticas, las actividades a desarrollar, el contenido de la práctica, los derechos y deberes del alumno y de los tutores y el modelo de informe de evaluación de las prácticas, conforme a lo previsto en el Reglamento de Prácticas del Centro. De esta forma los tutores externos son informados sobre sus funciones, objetivos, competencias y sistemas utilizados para evaluar el desempeño del estudiantado y la
coordinación que debe realizar con el tutor académico.
El tutor académico es el responsable de la coordinación con la entidad colaboradora, a través del tutor de la misma, y se realiza con arreglo a lo dispuesto en los artículos 14 y 15 del Reglamento de Prácticas Académicas Externas que contempla la coordinación entre ambos. Tal coordinación puede realizarse por vía telefónica, email, video o presencialmente. Las incidencias que puedan surgir en este proceso se trasladan al profesor responsable de la asignatura de prácticas académicas externas y, según el alcance de la misma, la incidencia puede ser elevada al Director Académico de Grado y al Comité de Prácticas. El proceso de coordinación con la entidad colaboradora finaliza con el envío del informe de evaluación del tutor de la entidad colaboradora al tutor académico, sin perjuicio de que finalizadas las prácticas por el alumnado desde el Departamento de Orientación e Integración profesional se remita al tutor de la entidad colaboradora cuestionario de satisfacción con el desarrollo de las prácticas, en el que valorará, entre otros aspectos, la información recibida, la gestión de las prácticas y la comunicación con el/la tutor/a académico/a.
Finalmente, el mecanismo de coordinación docente y el plan de colaboración docente se regulan, en líneas generales, por el Reglamento de Prácticas Académicas Externas del Centro. Al plan de colaboración docente a desarrollar con las entidades colaboradoras se hace referencia en el epígrafe anterior.
La evaluación, seguimiento y efectos académicos de las prácticas se contienen en los artículos 17 a 23 del mencionado Reglamento.
Una vez que se le asigna la práctica, cada tutor académico deberá contactar con el alumnado para iniciar el proceso de tutorización, para informarles con detalle de todos los aspectos relativos a las Prácticas externas y la planificación de las acciones comprendidas en la acción tutorial. En este último aspecto, son recomendables, al menos, tres sesiones presenciales para cada estudiante tutorizado, donde se planifiquen, se supervisen y se analicen las actividades realizadas en el centro de prácticas. Con antelación a estas tres sesiones, el tutor académico contacta con el tutor de la entidad colaboradora para recibir feedback del desarrollo de las prácticas. Igualmente, tras las tutorías con el alumnado, el tutor académico puede contactar con el tutor de la entidad colaboradora para tratar lo comunicado, en su caso, por el alumnado. Será importante contactar con el tutor de la entidad colaboradora con el fin de explicarle los mecanismos de evaluación.
La evaluación de las prácticas externas se realizará a través de los siguientes instrumentos, complementado por lo que indique la Guía Docente de la asignatura en el caso de las prácticas curriculares: a) Informe final del/de la tutor/a de la entidad colaboradora y, en su caso, informe de seguimiento intermedio. b) Memoria final de prácticas elaborada por el/la estudiante y, en su caso, informe de seguimiento intermedio. c) Informe de valoración final, y en su caso, informe de valoración intermedio, del /de la tutor/a académico/a. El Informe final del tutor/a profesional tendrá una ponderación del 70% sobre la calificación final, mientras que el 30% restante será evaluado por el/la tutor/a académico/a, atendiendo a la memoria y a las tutorías y entrevistas con el alumnado.
La Dirección Académica del Grado convoca reuniones de programación y seguimiento del profesorado, en las que participan el profesorado responsable de la asignatura de prácticas académicas externas y los tutores académicos. Además, las prácticas son tratadas en las reuniones mantenidas con delegados del estudiantado.
La Comisión de aseguramiento interno de la calidad del Título valora el desarrollo de las prácticas considerando los resultados de las encuestas de satisfacción sobre las mismas del PDI, el estudiantado de prácticas y las entidades colaboradoras, así como la información reportada en su caso, por el Comité de prácticas y/o la Dirección académica del Grado, a los efectos de proponer y adoptar mejoras.
Plan estructurado para la organización, supervisión y coordinación del TFG:
El plan estructurado para la organización, supervisión y coordinación del trabajo fin de grado está reflejado en la página web del centro, en su apartado “Normativas, reglamentos y planes”, y dentro de éste, en la “Normativa reguladora de los trabajos fin de grado” (LINK). De cualquier forma, enumeramos los pasos del plan:
La organización del Trabajo Fin de Grado queda recogida en los artículos 3 (Oferta Académica), 4 (Preinscripción y asignación), 5 (Requisitos para la matriculación y presentación) y 6 (Guía docente).
La supervisión del Trabajo Fin de Grado se trata en los artículos 7 (tutores académicos), 8 (Evaluación y calificación), 9 (Comisión o tribunal evaluador) y 10 (Entrega y depósito para su evaluación y archivo)
La coordinación del Trabajo Fin de Grado se integra en las reuniones de programación y seguimiento de segundo semestre de cuarto curso. Asimismo, el profesor responsable de la asignatura Trabajo Fin de Grado programará reuniones periódicas con los tutores para realizar un seguimiento de la evaluación de los estudiantes así como para la puesta en común de los criterios de evaluación.
1. Tras la publicación de la oferta por parte de la Junta de Unidad Docente, el alumnado se preinscribe jerarquizando sus preferencias temáticas en el mes de septiembre. Esta preinscripción se lleva a cabo en un fichero normalizado elaborado por la Junta de Unidad Docente, quien establece, un plazo determinado para su cumplimentación. La preinscripción se entrega al Director/a Académico/a de Grado. Los estudiantes de segunda y sucesivas matrículas en el TFG también se preinscribieron en el mes de septiembre.
2. Una vez concluido el proceso de matriculación del TFG, el/la Director/a Académico/a de Grado procede a la asignación de los TFG a los/as estudiantes matriculados en la materia, atendiendo a las temáticas solicitadas, petición verbal del alumno y, de acuerdo con la Normativa reguladora, a la nota media del expediente académico de los estudiantes como resulte tras la primera convocatoria del primer semestre del año en que se solicita. Siempre con respeto a los principios de igualdad y oportunidades, mérito y diversidad funcional. año académico.
3. El/la Director/a Académico/a de Grado publica la asignación provisional de los TFG al alumnado durante el mes de octubre. Tras la publicación, se inicia un plazo de diez días hábiles para presentar alegaciones. A la finalización del mismo, se procede a la publicación definitiva de esta asignación. Tras ella, no se llevarán a cabo modificaciones en las asignaciones realizadas, salvo circunstancias especiales debidamente justificadas que así lo aconsejen.
4. El estudiante elabora el TFG bajo la supervisión de un tutor académico, siguiendo la normativa y la Guía Docente.
5. Se efectúa el depósito telemático de la memoria final y demás documentos en la plataforma del campus virtual.
6. El tutor académico evalúa, de manera individualizada, el trabajo mediante un informe final basado en rúbrica; si el informe resulta favorable, el estudiante puede avanzar a la presentación (y, por tanto, posterior evaluación) del TFG.
7. La organización del proceso de evaluación de los TFG corresponde a la Junta de Unidad Docente. La Comisión Evaluadora del TFG estará formada por tres miembros nombrados por la Junta de Unidad Docente. La defensa del TFG se realizará mediante exposición pública del estudiante ante la Comisión Evaluadora.
8. La Comisión Evaluadora levantará un acta tras la defensa de Los TFG en la que se recogerá la calificación final y un breve informe de cada uno de los miembros de la misma. Esta evaluación se reflejará en un impreso normalizado elaborado por la Junta de Unidad Docente a este efecto. Tras su cumplimentación, deberá remitirse el mismo al Director/a Académico/a de Grado.
9. El resultado final se hace público y se archiva la documentación evaluativa conforme a la normativa del Centro.
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